La audiencia celebrada el 9 de junio ante el Tribunal Constitucional italiano reveló un aspecto particularmente interesante del debate sobre la Ley n.º 74/2025. Se refiere no solo a la constitucionalidad de la reforma de la ciudadanía italiana, sino también al propio concepto de expectativa legítima que parece surgir de los argumentos presentados por... Abogado del Estado (Oficina del Fiscal del Estado) cuánto de algunos de los argumentos utilizados por ella misma Tribunal Constitucional en sentencia nº 63/2026.
Según el argumento presentado por la defensa del Estado italiano durante la audiencia, quienes habían permanecido años en cola en los consulados no podían ahora invocar la protección de las expectativas legítimas, ya que antes del cambio legislativo podían haber recurrido a la vía judicial. En otras palabras, ante la ineficiencia administrativa, correspondía al ciudadano abandonar la vía administrativa y buscar de inmediato la protección judicial.
Esta afirmación merece ser reflexionada.
En definitiva, las colas consulares no fueron creadas por los solicitantes, sino por el propio Estado. Miles de descendientes siguieron al pie de la letra el procedimiento establecido por la ley y la administración pública italianas. Reunieron documentos, obtuvieron certificados, apostillaron registros, realizaron traducciones juradas y esperaron durante años la oportunidad de presentar formalmente sus solicitudes. La demora no se debió a una decisión personal, sino a la incapacidad estructural de la Administración para ofrecer un acceso efectivo al procedimiento que ella misma había establecido.
La paradoja es evidente. El Estado crea la cola, la gestiona, la mantiene durante años y luego argumenta que quienes permanecieron en la cola deberían haber recurrido al poder judicial antes de que cambiara la ley.
Pero quizás el aspecto más interesante de esta discusión reside en otro lugar.
Durante décadas, la jurisprudencia italiana ha afirmado casi unánimemente que la ciudadanía por descendencia (jure sanguinis) constituye un derecho original. Ha declarado que el reconocimiento judicial es meramente declarativo. Ha reiterado en repetidas ocasiones que la acción para reconocer esta condición es imprescriptible y puede interponerse en cualquier momento. En resumen, el propio ordenamiento jurídico ha enseñado a los descendientes de italianos dispersos por el mundo que el tiempo no es enemigo de la ley.
El ciudadano podría actuar hoy, mañana o incluso dentro de diez años. El derecho seguiría existiendo porque, según la propia jurisprudencia italiana, el reconocimiento no crea la ciudadanía; solo declara un estatus legal que ya existía desde el nacimiento.
Sin embargo, el debate actual parece introducir una nueva figura en la legislación italiana sobre ciudadanía: el ciudadano adivino.
Ya no basta con sostener un derecho considerado imprescriptible. Es necesario prever cuándo el legislador puede decidir modificarlo.
Ya no basta con confiar en la legislación vigente. Es necesario estar al tanto de los proyectos de ley, las propuestas parlamentarias, las entrevistas ministeriales y los debates políticos.
Ya no basta con seguir el procedimiento administrativo indicado por el propio Estado. Es necesario desconfiar de él.
Ya no basta con esperar a que la Administración actúe. Es necesario emprender acciones legales contra ella antes de que cambie las reglas del juego.
Lo curioso es que esta lógica encuentra eco en algunos de los argumentos utilizados por el Tribunal Constitucional en la sentencia n.º 63/2026. Al analizar la cuestión de las expectativas legítimas, el Tribunal atribuyó relevancia al hecho de que, a lo largo de los años, el legislador había manifestado su intención de modificar las normas que rigen la ciudadanía. Se mencionaron debates parlamentarios, iniciativas legislativas y propuestas de reforma que indicaban que la estabilidad del régimen jurídico no podía considerarse absoluta.
Es precisamente aquí donde surge una pregunta fundamental.
En un estado regido por el estado de derecho, ¿organizan los ciudadanos sus vidas basándose en las leyes existentes o en las leyes que puedan llegar a promulgarse?
Los proyectos de ley pueden presentarse y luego archivarse. Las propuestas pueden anunciarse y luego abandonarse. Los debates parlamentarios pueden durar años sin producir ningún efecto normativo. La propia dinámica de la democracia presupone que la gran mayoría de las ideas legislativas nunca se convertirán en ley.
Si la mera existencia de propuestas de reforma comienza a debilitar la confianza legítima de los ciudadanos en la legislación vigente, surge una pregunta inevitable: ¿en qué momento una ley deja de ser digna de confianza?
¿Cuándo surge la primera enmienda propuesta?
¿Cuándo concede un miembro del parlamento una entrevista?
¿Cuándo anuncia un ministro sus intenciones políticas?
¿O solo cuando la nueva ley entre en vigor?
La consecuencia lógica de esta construcción es preocupante. Cuanto más se discute la posibilidad de modificar una ley, menor es la confianza que el ciudadano puede depositar en ella. Cuanto más frecuentes sean las propuestas de cambio, menor será la protección de la confianza legítima. Llevado a sus últimas consecuencias, este razonamiento produce un efecto contrario al esperado: la ley vigente deja de ser el principal parámetro que guía la conducta de los ciudadanos y es reemplazada por expectativas sobre futuras decisiones políticas.
En el caso de la ciudadanía italiana, la situación adquiere contornos aún más peculiares. Durante décadas, el Estado indicó que la vía ordinaria para el reconocimiento de la ciudadanía era el procedimiento consular. Miles de personas confiaron en esta guía. Cuando los consulados demostraron ser incapaces de absorber la demanda, muchos quedaron atrapados en colas que duraron años. Posteriormente, el Ley nº 74 / 2025 Modificó profundamente el marco jurídico sin prever un régimen transitorio capaz de proteger adecuadamente a quienes ya habían iniciado su proceso administrativo y aún esperaban la oportunidad de presentar sus solicitudes.
Y ahora se argumenta que esas mismas personas no podían invocar la expectativa legítima porque deberían haber previsto el cambio en la ley o porque deberían haber recurrido al poder judicial antes de que ocurriera.
La impresión que se obtiene es inevitable. La confianza ha dejado de ser un valor que proteger y ha pasado a ser tratada como una forma de imprudencia.
El ciudadano que creyó en la legislación vigente, que siguió el procedimiento indicado por el propio Estado y que esperó la actuación de la Administración es presentado como alguien que corrió un riesgo.
Quienes sospecharon del procedimiento estatal e inmediatamente recurrieron al poder judicial parecen, en retrospectiva, haber tomado la decisión correcta.
Quizás esa sea precisamente la verdadera paradoja que revela el debate actual.
La confianza legítima se creó para proteger a quienes creen en las normas establecidas por el Estado. Si no logra proteger precisamente a estas personas, existe el riesgo de que la confianza se transforme no en un principio jurídico, sino en un error estratégico.
Porque, al final, la pregunta sigue sin respuesta: si ni la ley vigente, ni el procedimiento creado por el propio Estado, ni la jurisprudencia consolidada sobre la imprescriptibilidad del derecho fueron suficientes para justificar la confianza de los ciudadanos, ¿en qué deberían confiar exactamente?
Quizás nunca haya habido una expresión más apropiada para describir esta situación que la que da título a este editorial:
La confianza castigada.







































Gerson Lattuada
14 de junio de 2026 a las 16:55 a.m.
Que matéria necessária e precisa, analisando com muita lucidez toda essa incoerência. É de fato um verdadeiro desastre histórico no que se refere à credibilidade e aparelhagem do Estado. Parabéns ! Salvei e guardei.
Luigi
14 de junio de 2026 a las 19:12 a.m.
Boa Gerson, acredito que hoje muitas pessoas sao vilãs na luta pelo seu direito. Fazem vc se sentir humilhado, te ferem na mais profunda parte do ser. A esperança mora na certeza de que tudo muda. Toda mudança é positiva. A intencao do decreto falhou, quando ela previa eliminar seu filhos, criar castas em nivel de cidadania, nós hoje nos conhecemos e existimos, persistimos. Ao invés de eliminar um ativo, hoje somos italianos maiores que a própria Italia. Nao só italiano, mas italo-brasileiro. Enquanto alguns sofrem outros conhecem isso tudo.
Leona
14 de junio de 2026 a las 19:33 a.m.
A italia, com seu declínio e envelhecimento populacional, prefere considerar como italianos, estrangeiros e seus filhos nascido em território italiano, do que seus verdadeiros herdeiros de sangue que nasceram no exterior e que carregam carga genética, costumes e amor pela terra da bota.
Lamentável ver isso acontecer.