Sigue el italianismo

Hola que quieres buscar?

Italianismo – Noticias sobre ItaliaItalianismo – Noticias sobre Italia

Ciudadanía

Circular K28 – Traducida al portugués

Circular núm. K. 28.1 del 8 de abril de 1991, emitida por el Ministerio de Asuntos Exteriores italiano.

circular k28
Circular K28 – Traducida al portugués

Circular núm. K. 28.1 de 8 de abril de 1991 (expedida por el Ministerio de
Asuntos exteriores)

Reconocimiento de propiedad de estado civil italianos a ciudadanos extranjeros de origen italiano.

Cada vez hay más solicitudes de aclaración sobre los procedimientos a seguir para determinar el estatus de ciudadanía de personas de países extranjeros (principalmente Argentina, pero también Brasil o Estados Unidos) titulares de pasaportes extranjeros, que reclaman el estatus de ciudadanía italiana.

Es claro que, por la aplicación simultánea de lo dispuesto en los artículos 1 y 7 de la ley núm. 555 del 13 de junio de 1912, asociado a las disposiciones vigentes sobre ciudadanía de numerosos países extranjeros que en el pasado fueron elegidos como destino de la emigración italiana (por ejemplo, todos los países del continente americano, Australia, etc.) que atribuyen el “estoy solo”para el status civitatis, la descendencia nacida en el territorio del país de destino del emigrante (Argentina, Brasil(Uruguay, Estados Unidos de América, Canadá, Australia, Venezuela, etc.), nacido de padre ciudadano italiano, adquirió desde el nacimiento tanto la ciudadanía italiana (por el padre) como la ciudadanía del país de nacimiento, permaneciendo en la condición de doble nacionalidad, aun si el padre, durante la minoría de edad del hijo, cambió su ciudadanía convirtiéndose en extranjero naturalizado.

Al mismo tiempo, también caen en la misma situación de doble ciudadanía las personas nacidas en un país extranjero que otorga la ciudadanía iure soli y reconocidas por un padre ciudadano o cuya paternidad haya sido declarada judicialmente.

Gracias a ello, los descendientes de nuestros emigrantes de segunda, tercera, cuarta y sucesivas generaciones tienen una posibilidad real de obtener la ciudadanía italiana.

Esta posibilidad también se amplió a los miembros de familias de origen italiano antiguo que nacieron después del I. de enero de 1, por tanto, a partir de esta fecha, de conformidad con lo dispuesto en la sentencia núm. 1948 de 30 de febrero de 9 del Tribunal Constitucional, deben ser considerados ciudadanos italianos en el momento de su nacimiento siempre que sean reconocidos por la madre o se declare judicialmente la atribución de la maternidad.

Posteriormente, los descendientes de un emigrante italiano o la hija de un emigrante italiano también se consideran ciudadanos italianos “iure sanguinis” por vía materna, siempre que hayan nacido después del 1 de enero de 1948, fecha de entrada en vigor de la Constitución republicana. .

Sin embargo, es importante destacar que el reconocimiento de la posesión del estatus de civitatis italiana para esta categoría de personas debe estar sujeto a la concurrencia de ciertas condiciones y a la certificación documentada de algunas circunstancias esenciales.

  • A) Condiciones previas para el reconocimiento de la ciudadanía italiana.

En primer lugar, es necesario aclarar que la eventual posesión del estatus de civitatis italiana debe ser certificada por el Alcalde del Municipio italiano de residencia y, por lo tanto, el procedimiento respectivo puede iniciarse a solicitud de los interesados ​​sólo si están registrados en el registro de la población residente de un municipio italiano.

Además, el registro de estas personas, que entraron en Italia con un pasaporte extranjero, debe seguir las normas que rigen el registro de residentes extranjeros y presupone, por parte de los interesados, el cumplimiento de los requisitos de la normativa vigente en la materia. Cabe añadir que, si el registro de estas personas no es posible por no estar incluidas en la población residente, según lo estipulado en el artículo 3 del Decreto Presidencial n.º 123 del 30 de mayo de 1989, el procedimiento para el reconocimiento de la ciudadanía italiana debe llevarse a cabo, mediante solicitud específica, ante la representación consular italiana competente en relación con la localidad extranjera de residencia habitual de las personas que solicitan la ciudadanía italiana.

  • B) Procedimiento de reconocimiento de la ciudadanía italiana.

Las solicitudes de reconocimiento de la ciudadanía italiana basadas en el artículo 1 de la Ley n. 555 del 13 de junio de 1912, deben presentarse al alcalde del municipio italiano de residencia o al consulado italiano dentro de la jurisdicción consular donde reside el solicitante extranjero de origen italiano.

Deberán ir acompañados de la siguiente documentación:

  • partida de nacimiento del antepasado italiano que emigró al extranjero expedida por el municipio donde nació;
  • certificados de nacimiento, acompañados de una traducción oficial al italiano, de todos sus descendientes directos, incluido el de la persona que solicita la ciudadanía italiana;
  • certificado de matrimonio del antepasado italiano que emigró al extranjero, acompañado de una traducción oficial al italiano si el matrimonio se celebró en el extranjero;
  • los certificados de matrimonio de sus descendientes, en línea recta, incluidos los de los padres de la persona que solicita la ciudadanía italiana;
  • certificado expedido por las autoridades del país de destino del emigrante, acompañado de una traducción oficial al italiano, capaz de certificar que el antepasado italiano que emigró de Italia en el pasado no adquirió la ciudadanía del país extranjero antes del nacimiento de su o su hijo, que es ascendiente del interesado;
  • certificado expedido por la autoridad consular italiana, capaz de certificar que los ascendientes en línea directa, ni la persona que solicita la posesión de la ciudadanía italiana, nunca han renunciado a ella en los términos del art. 7 de la ley núm. 555 de 13 de junio de 1912;
  • certificado de residencia.

Es importante resaltar que la solicitud presentada en Italia debe estar escrita en papel membretado y que los certificados adjuntos, si son expedidos en Italia por las autoridades italianas, deben presentarse de acuerdo con las disposiciones vigentes sobre timbres fiscales. Los certificados expedidos por autoridades extranjeras deben estar escritos en papel normal y debidamente legalizados, excepto en los casos en que se prevea la exención de la legalización en base a convenios internacionales ratificados por Italia. Los documentos antes mencionados deberán ir acompañados de una traducción oficial al italiano, que deberá estar escrita en un papel al que se le colocará un timbre fiscal si los documentos se presentan en Italia.

Además, es importante destacar que, para certificar plenamente que las personas que solicitan la ciudadanía italiana no han ejercido el derecho a renunciar a ella, con base en el artículo 7 de la Ley n. 555/1912, es necesario, por una parte, realizar una investigación adecuada en el municipio italiano de origen o última residencia del antepasado italiano que emigró al extranjero, o incluso en el Municipio de Roma, y, por otro lado, contactar directamente con todas las representaciones consulares italianas competentes para las distintas localidades extranjeras donde el individuo en cuestión ha residido o, si es necesario, consultar al Ministerio de Asuntos Exteriores – Dirección General de Emigración y Asuntos Sociales – Departamento VIII, para que se pueda solicitar información a los funcionarios de las Representaciones Consulares competentes.

Los alcaldes, después de verificar el fundamento de la solicitud de los solicitantes de atribución de la ciudadanía italiana según el principio “iure sanguinis”, determinarán la transcripción de los certificados de registro civil referentes a los sujetos reconocidos como nuestros compatriotas y podrán expedir los certificación específica de ciudadanía, así como la realización de tareas posteriores dentro de su competencia.

Los alcaldes deben, finalmente, comunicar las decisiones tomadas a las autoridades locales de la Policía Federal y a este Ministerio.

A su vez, si surgen dudas sobre la situación de ciudadanía efectiva de los solicitantes de nuestro status civitatis, los alcaldes deberán dirigirse a este Ministerio, transmitiendo la documentación respectiva.

Se solicita que se transmitan las instrucciones necesarias a los Intendentes de los Municipios de la Provincia y se les brinde todo el apoyo necesario.

Descubra Circular K28 en italiano aquí.

Circular k28 – texto traducido del original italiano por Mariângela Souza Ragassi.

PUBLICIDAD
Ciudadanía italiana
Ciudadanía italiana
Infórmese sobre quiénes cumplen los requisitos y cómo iniciar el proceso.
• Búsqueda de documentos en Italia
• Servicios consulares
• Actualización de AIRE y registro
• Apoyo para la expedición de pasaportes
Hablar con un experto

También puedes ver:

Ciudadanía

Un exdiputado italiano publicó una crítica después de que un ministro defendiera la irrevocabilidad de la ciudadanía para aquellos nacidos en Italia involucrados en delitos.

Ciudadanía

Tras una decisión tomada en mayo que abrió la puerta a acciones legales, las Secciones Unidas decidirán en junio sobre cuestiones que afectan a millones de personas de ascendencia italiana.

Ciudadanía

Más de seis millones de italianos acudirán a las urnas. El registro civil, responsable del AIRE (Registro de Italianos Residentes en el Extranjero), es el mismo que organiza las elecciones locales.

Ciudadanía

La vaquera ahora también es italiana. Ana Castela celebró en las redes sociales la obtención de la ciudadanía italiana tras un proceso de tres años.