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Portugal promulga una ley que prohíbe el uso del burka y el velo facial en espacios públicos.

Portugal promulga una ley que prohíbe ocultar el rostro en espacios públicos. La medida afecta a los burkas y niqabs y prevé multas de hasta 3 euros.

Mujer con velo integral, una de las prendas afectadas por la nueva normativa portuguesa sobre la obligación de ocultar el rostro en espacios públicos.
Mujer con velo integral, una de las prendas afectadas por la nueva normativa portuguesa sobre la obligación de ocultar el rostro en espacios públicos.

El presidente de Portugal, António José Seguro, promulgó el martes (18) la ley que prohíbe ocultar el rostro en los espacios públicos. Conocida como la "ley del burka"La medida se dirige a prendas como el burka y el niqab, aunque el texto no menciona específicamente ninguna religión ni prenda de vestir.

La versión final aprobada por el Parlamento establece que está prohibido usar en espacios públicos prendas que oculten o dificulten la visibilidad del rostro. La norma se aplica a vías públicas, lugares abiertos al público, espacios de servicio público, eventos, actividades deportivas y manifestaciones.

La ley también prohíbe obligar a una persona a ocultar su rostro por motivos de género, religión, edad u origen.

La propuesta se originó en el partido Chega y fue aprobada definitivamente por la Asamblea de la República el 17 de julio. El texto sufrió modificaciones durante su tramitación y adoptó como principios centrales la seguridad, el orden público y la posibilidad de identificar a los ciudadanos.

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Las multas pueden alcanzar los 3 euros.

Quien infrinja la prohibición podrá ser multado con entre 150 y 750 euros si la infracción se debe a negligencia. En casos considerados intencionados, la multa oscilará entre 400 y 3 euros. La vigilancia correrá a cargo de las fuerzas de seguridad, mientras que la imposición de las multas será responsabilidad de los ayuntamientos.

La ley establece excepciones para situaciones justificadas por razones de salud, trabajo, actividades artísticas, entretenimiento o publicidad.

También quedan exentas de la prohibición las aeronaves, las instalaciones diplomáticas y consulares, los lugares de culto y otros espacios considerados sagrados. El rostro puede cubrirse por motivos de seguridad, condiciones climáticas o cuando otras normativas legales lo permitan.

Esto significa que la denominada "ley del burka" no constituye legalmente una prohibición específica de la vestimenta islámica. La legislación establece una norma general contra el ocultamiento del rostro en ciertos espacios, aunque el burka y el niqab se encuentran entre las prendas directamente afectadas por la medida.

Pena de prisión para quien obligue a una mujer a cubrirse el rostro.

El texto prevé un castigo más severo para quien obligue a otra persona a ocultar su rostro.

Quien recurra a amenazas, violencia, coacción, abuso de autoridad o abuso de poder por razón de género de la víctima podrá ser condenado a hasta dos años de prisión o a una multa de hasta 240 días. Si la víctima es menor de edad, la pena se incrementará en un tercio.

El presidente cita la igualdad entre hombres y mujeres.

Al anunciar la promulgación de la ley, Seguro reconoció que el tema implica una "gran sensibilidad social y cultural" y afirmó que es difícil lograr un equilibrio entre derechos y deberes en este ámbito.

El presidente citó la integración social, la seguridad y la igualdad entre hombres y mujeres como principios fundamentales, además de las decisiones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos relativas a las restricciones a la ocultación del rostro.

Según la Presidencia, considerar aceptable que solo las mujeres deban ocultar completamente su rostro crearía una asimetría incompatible con los principios de igualdad y dignidad entre hombres y mujeres. Seguro también destacó el papel del rostro en la identificación y comunicación entre los ciudadanos.

La ley no entra en vigor de inmediato por el mero hecho de haber sido promulgada. El texto estipula que entrará en vigor 30 días después de su publicación en el Boletín Oficial.

3 Comentarios

1 comentario

  1. Daños

    20 de agosto de 2026 a las 00:33 p.m.

    No hace falta decir que esta pregunta es estúpida.

    • Gustavo

      20 de agosto de 2026 a las 00:57 p.m.

      ¿Crees que alguien estaría dispuesto a castigar a otra persona por haberle costado a alguien un regalo para el burka? ¿Por qué no muestro compasión por los demás?

    • Tadeu Giatti

      21 de agosto de 2026 a las 15:36 p.m.

      Quienes emigran a otro país deben acatar las leyes del país de acogida. Deben aprender el nuevo idioma y abandonar costumbres bárbaras y retrógradas (incluido el uso del burka). En resumen, deben integrarse en la nueva cultura. En este contexto, felicitamos a las autoridades portuguesas por abolir esta costumbre que denigra, internaliza y maltrata a las mujeres: el uso del maldito burka.

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